En The Gay Academic. Louie Crew, editor. ETC Publications, 1978. Págs. 67 a 92.
En 1974 el autor dio una conferencia con estos contenidos en la Universidad de Nueva York
GENOCIDIO GAY: DEL LEVÍTICO A HITLER
Por Louis Crompton
La expresión “Genocidio Gay” no es de uso muy general. Suena teatral, y supongo que debo justificarla para no ser acusado de intentar explotar las emociones de la gente de un modo ilegítimo. La edición de 1953 del Diccionario Colegiado de Webster [Webster´s Collegiate Dictionary] (estoy usando deliberadamente un diccionario que tiene ya veinte años de antigüedad) define genocidio como “usar medidas sistemáticas y deliberadas tendientes al extermino de un grupo racial, político o cultural”. Por supuesto, genocidio viene a la mente cuando se piensa en el destino de los judíos en la Alemania nazi, en los indios norteamericanos, en los jesuitas de Inglaterra o en los protestantes de la masacre de San Bartolomé, o en el bando perdedor de cualquier guerra de clases. Tenemos amplios registros de estas campañas de exterminio. ¿Por qué, entonces, la palabra genocidio impresiona el oído como algo nuevo, incluso forzado, cuando se aplica a la homosexualidad?
Quiero subrayar inmediatamente que no es porque los hechos no justifiquen el uso del término. El término genocidio puede ser aplicado tan adecuada e históricamente al tratamiento que la sociedad dio a las personas gays como a cualquier otro de estos grupos. Por un tiempo notablemente largo (no menos de 1400 años) los hombres y mujeres homosexuales de la sociedad homosexual estuvieron bajo una sentencia formal de muerte, y fueron en consecuencia sistemáticamente mutilados o muertos. Pero no ha habido relato público de este asombroso crimen contra la humanidad, que no ha tenido paralelo en su uso incesante de las tradiciones legales santificadas, y en su continuación siglo tras siglo.
Esto es porque no ha habido “historia gay” como ha habido una historia de los judíos, de los negros, de los indios y de las sectas cristianas. Los historiadores “héteros” se han inhibido de escribir sobre el tema por el tabú que lo hizo “indecible”, “inmencionable” y “no apto para ser mencionado entre hombres cristianos”. Los historiadores gays, que podrían haber tenido un incentivo mayor para registrar el martirio de sus hermanas y hermanos, han sido restringidos por esta convención, y por algo más: el miedo de cesar de ser invisibles. Supongamos que la civilización occidental hubiera matado a sus judíos, declarado que las personas judías eran inmencionables y hubiera desalentado que se guardara ningún registro de los pogromos antijudíos. Supongamos que el reino del terror hubiera sido tan completo que las comunidades y culturas judías se hubieran desvanecido y ninguno se atreviera públicamente a identificarse como judío o se atreviera a hablar, sin las más elaboradas precauciones, ante alguien que creyera que podría pertenecer a su minoría. Supongamos, además, que las escrituras cristianas contuvieran una ley inequívoca que ordenase que todos los judíos fueran matados por ser practicantes de “abominaciones”. Las historias de opresión que hoy contienen capítulos sobre la persecución de protestantes, católicos, brujas y herejes sin duda mantendrían silencio sobre los judíos, justamente como hoy mantienen el silencio sobre los homosexuales.
¿Puede este capítulo de la historia gay ser escrito, dada la conspiración de silencio que ha durado siglos? Quiero sugerir que se puede, y hacer un esfuerzo preliminar para llenar las páginas en blanco de nuestros libros de historia.
Primero, ¿cuáles eran las leyes que habían condenado a muerte a los homosexuales, y de dónde habían venido? En Europa Occidental entraron en los libros de leyes por primera vez con la llegada al poder de la Cristiandad en el siglo IV DC y parecen haber sido inspiradas por leyes adoptadas por los judíos en Palestina casi mil años antes, probablemente alrededor del 550 AC. Este milenio fue, por supuesto, la edad en la que la civilización de las antiguas Grecia y Roma llegó a su cumbre. Fue también un milenio en el que la homosexualidad, en esta cultura clásica, era tolerada e incluso honrada. En la antigua Grecia a las relaciones homosexuales se las respetaba por encima de las heterosexuales: lejos de ser denigrada, la homosexualidad era asociada con patriotismo, con valor militar, con la oposición a los tiranos, y con el amor, la belleza, la sabiduría y la virtud. Fue una de las prácticas religiosas de la tribu, como el fútbol en la Norteamérica moderna. Aunque el amor gay ya era ampliamente celebrado en la canción y los relatos, alcanzó una cumbre de estima especial en Atenas en 513 AC, cuando los amantes Armodio y Aristogitón fueron “canonizados” como mártires de la lucha por la democracia. Irónicamente, casi en el mismo momento de la historia el autor del “Código de Santidad” del Libro del Levítico inscribía lo que iba a probar ser la afirmación más fatídica jamás escrita, un edicto que iba a tener inmensa influencia en la legislación occidental de los tiempos cristianos: “Si un hombre también yaciera con los hombres como lo hace con una mujer, los dos han cometido una abominación; con seguridad serán ejecutados”.[i] El castigo para este acto en las épocas del Viejo Testamento era la lapidación hasta la muerte. Aquí es cómo el Talmud describe el procedimiento:
El lugar de lapidación era dos veces la altura de un hombre. Uno de los testigos lo empujaba por las caderas, de modo que era derribado sobre su corazón. Entonces se lo ponía de espaldas. Si esto causaba su muerte, había cumplido con su deber. Pero si no, el segundo testigo tomaba la piedra (i.e. una piedra pesada que requería dos hombres para ser levantada) y la arrojaba sobre su pecho. Si con esto moría, había cumplido su deber. Pero si no él [el criminal] era apedreado por todo Israel, ya que está escrito: la mano de los testigos será la primera sobre él para que muera, y después la mano de todo el pueblo.[ii]
Los no judíos convictos de infracciones homosexuales bajo jurisdicción judía también eran pasibles de la pena de muerte.
Ésta era una política legal del genocidio gay, y siguiendo la adopción de la Cristiandad como religión estatal oficial de Roma se volvió la política legal de la Europa cristiana hasta la Revolución Francesa, y de Norteamérica y Sudamérica mientras estuvieron bajo control europeo. La cultura gay en Grecia, que había celebrado el amor gay en mil poemas, dramas, mitos, biografía y épica, se desvaneció, y el amor entre hombres o entre mujeres se volvió lo que una condena escocesa del siglo XVI llamaba “salvaje, sucio, execrable, detestable y antinatural” [iii]: una ocasión para la pena de muerte. El impacto cultural en el mundo griego mediterráneo debe haber sido extremo, si comprendemos que este violento giro se produjo solamente en el curso de dos o tres generaciones.
Permítanme citar una instancia. El primer edicto romano imperial que condenaba a los varones gays a “castigo exquisito” fue emitido en 342 DC, cinco años después del bautismo y muerte de Constantino, en el nombre de sus hijos Constancio y Constante. La ley reflejaba la vehemente política antihomosexual de San Pablo y los Padres de la Iglesia. [iv] Después, cincuenta años más tarde, en 390 Teodosio, el primer emperador cristiano que decretó la pena de muerte para los herejes, aprobó una ley que condenaba a los homosexuales a ser quemados en la hoguera. En el mismo año el gobernador de Teodosio en Tesalónica arrestó a un auriga popular por una infracción homosexual menor y lo mandó a la cárcel. Los tesalónicos armaron una revuelta y mataron al gobernador. Teodosio, disfrazando su rabia, invitó a los ciudadanos a los juegos en el estadio, escondió soldados en las graderías y masacró más de 7000 espectadores. Por esta acción Teodosio más tarde hizo penitencia en la Catedral de Milán ante San Ambrosio. Pero el amor gay estaba muerto, y una hostilidad incesante fue la política de la Europa cristiana desde entonces.
He mencionado que el edicto de Teodosio del 390 condenaba a los homosexuales a ser quemados en la hoguera. Éste había sido el castigo tradicional romano para los incendiarios, y presumiblemente se usó contra los homosexuales a causa de la leyenda de Sodoma y Gomorra. Por supuesto, también fue el castigo estándar para los herejes recalcitrantes. Los Établissements de San Luis, como se los llamaba, emitidos alrededor de 1270, prescribían que “si alguien era sospechado de bouguerie, será llevado al Obispo, y si se prueba que es culpable será quemado”. [v]
“Bouguerie” o “buggery” al principio significó herejía, después usura, y finalmente homosexualidad. Esta ley tuvo vigencia en Francia hasta fines del siglo XVIII. El famoso edicto de Justiniano de 538 que, por analogía con el relato de Sodoma, culpaba a los homosexuales de las plagas, hambrunas y terremotos que habían recientemente asediado al Imperio Bizantino, parece (según los relatos de Procopio y Teófanes) haber sido parte de una campaña sistemática de terrorismo desencadenada por el Emperador contra los homosexuales. [vi] A causa del prestigio del famoso Código de Justiniano, tuvo también influencia en la legislación posterior. El tratado legal inglés más temprano que se ocupa del tema (una obra llamada “Fleta”, escrita alrededor del 1300) prescribe una pena poco ortodoxa: “Los que tienen conexión con judíos o judías o son culpables de bestialismo o sodomía serán enterrados vivos en la tierra”.[vii] Una nota marginal en otro tratado inglés de alrededor de la misma fecha indica el rol que la clerecía debía desempeñar para identificar y castigar a las personas gays: “Los inquisidores de la Sagrada Iglesia deberán hacer sus investigaciones de hechiceros, sodomitas, renegados y no creyentes; y si encuentran uno de ellos, lo entregarán en la corte del rey para que se lo ejecute”, en este caso por fuego.[viii] La naturaleza religiosa de estas ordenanzas es bastante clara. Pero incluso después de que el Parlamento aprobase una norma civil en 1533 que hacía del amor gay un crimen castigado con la horca, los comentadores como Coke y Blackstone siempre subrayaron el origen religioso de la ley. Los Institutos de Coke nos dicen que la condena tradicional inglesa estaba “fundamentada sobre la palabra de Dios” [ix], y Blackstone, en sus Commentaries de 1769 dice que este crimen es uno que “La voz de la naturaleza y la razón, y la voz expresa de Dios, determinan que sea capital. De lo cual tenemos una única instancia… por la destrucción de dos ciudades bajo fuego del cielo”.
En el continente, la ley española había originalmente condenado a los homosexuales a la castración y a ser lapidados hasta la muerte. Fernando e Isabel, ortodoxos en todo, cambiaron la pena a la hoguera. Una generación más tarde, el nieto de Fernando, Carlos V, entonces Sacro Emperador Romano, dejó asentada en sus Constituciones de 1532 una orden que también condenaba explícitamente a las llamas no solamente a los homosexuales varones sino también a las lesbianas: “Si un hombre comete falta de castidad con una bestia o un hombre, o una mujer con una mujer, han entregado sus vidas y serán condenados a la muerte en el fuego del modo habitual”. [x][xi] De acuerdo con una enciclopedia legal francesa del siglo XVIII, “los suizos ejercitan extraordinarios rigores contra los hombres culpables de este crimen. Cortan un miembro después de otro en el curso de varios días; primero un brazo, después un muslo; cuando el cuerpo es un tronco sin vida es arrojado al fuego” [xii]. Estas leyes genocidas permanecieron en los códigos criminales de Francia hasta 1791, en Inglaterra hasta 1861, y en Escocia mucho más tarde, hasta 1889.
¿Qué pasaba en los Estados Unidos? ¿Hasta qué grado la gente gay estaba sujeta a la pena de muerte en las colonias norteamericanas? Los ejemplares de los códigos coloniales norteamericanos son oscuros y difíciles de conseguir. Hasta la fecha, no he visto nada sobre este tema en ningún libro sobre homosexualidad. En 1641, sin embargo, la colonia de la Bahía de Massachussets promulgó su famoso “Cuerpo de Leyes y Libertades”, prototipo de gran parte de la legislación puritana mucho más tardía. Entre los doce crímenes capitales (que incluyen idolatría, brujería y blasfemia) está la práctica del amor entre hombres. El lenguaje, sin embargo, no es el de la ley inglesa, esto es, la del estatuto de 1533 de Enrique VIII. En lugar de ello, los puritanos van “de vuelta a la Biblia”, con decisión punitiva, y en realidad legislan verbatim el Levítico: “si cualquier hombre yaciere con hombres, como yace con una mujer, ambos han cometido abominación, ambos con seguridad serán enviados a la muerte” [xiii]. Así, con un lenguaje de dos mil doscientos años de antigüedad, los primeros colonizadores de América condenaron a sus hijos gays a la muerte y, en el caso de un estatuto de Nueva Hampshire en 1656, a sus hijas lesbianas [xiv].Esta fórmula del Viejo Testamento fue adoptada por las colonias de Massachussets, Connecticut, Nueva Hampshore, Nueva York, Nueva Jersey and Pennsylvania. Solamente los cuáqueros se rebelaron y mostraron un destello momentáneo de cristiandad. En 1682, el código reformado de William Penn redujo la penalidad por relaciones sexuales con el mismo sexo a seis meses de prisión.[xv] Pero en 1700 Pennsylvania reintrodujo la pena capital para la sodomía en el caso de los negros y dieciocho años después, bajo presión inglesa, para todos los hombres.[xvi] Después de la Revolución, Pennsylvania abrió el camino al abolir la pena capital en 1786 y otros estados comenzaron a seguir su ejemplo en la siguiente década.
En ocasión del Bicentenario de la Declaración de Independencia la mayor parte de los norteamericanos son agudamente conscientes de que el derecho “a la libertad y a la búsqueda de la felicidad” no se extendía a los esclavos negros en 1776. ¿Pero cuánta gente está consciente de que hace doscientos años la ley en todas las colonias norteamericanas le negaba al homosexual un derecho todavía más básico, el derecho a la vida misma?
Esto debería ser amplio para sugerir el reinado de terror que las personas gays enfrentaron en Europa y América por casi un milenio y medio. La consiguiente desmoralización, el aislamiento, la falta de comunidad y cultura común puede imaginarse: estamos apenas comenzando a superar sus efectos ahora. Oficialmente, todos los estados cristianos eran genocidas. En teoría al menos, el estatus de un homosexual era incluso peor que el de un judío o herético. No todos los países cristianos condenaban a los judíos a la muerte o el exilio, y un hereje convicto podía escapar de las llamas arrepintiéndose.
¿Pero las personas gays eran en la realidad sentenciadas a muerte y ejecutadas bajo estas leyes? La obra estándar en la historia de tal legislación es Homosexuality and the Western Christian Tradition [Homosexualidad y la Tradición Cristiana Occidental], de Derrick Bailey. En este libro, publicado en 1955, Bailey advierte la severidad de las leyes aprobadas bajo influencia cristiana, pero continuamente sugiere que eran meramente morales en su intención y que rara vez eran aplicadas con su pleno rigor. En ciento ochenta páginas de su erudito estudio, Bailey no menciona ni una sola ejecución. Es claro que Bailey, que escribe como un teólogo anglicano, quiere pensar bien de la Iglesia y quiere ablandar la reacción que cualquier lector, hétero o gay, podría tener ante la dureza de la legislación cristiana tradicional. [xvii] Por muchos años, adormecido por el optimismo de Bailey, imaginé que tenía razón. Primero me hizo saltar fuera de mi complacencia la referencia de Thomas Szaz al tratamiento que de este tema hizo Henry Charles Lea en su History of the Inquisition in Spain [Historia de la Inquisición en España]. El monumental estudio de Lea resultó contener lo que ninguna otra historia estándar que yo conozca contiene: un relato fáctico del tratamiento judicial real de los homosexuales durante un período de 300 años en uno de los grandes países europeos. De acuerdo con Lea, el papa Nicolás V le dio poder a la Inquisición de España para que se ocupase de la homosexualidad en fecha tan temprana como 1451. En 1506, un tribunal inquisitorial realizó una investigación en Sevilla. Hubo muchos arrestos y muchos fugitivos, y al final doce hombres fueron sentenciados y quemados. En 1519 la plaga se declaró en Valencia. Un fraile la atribuyó a la furia de Dios contra los homosexuales. Una multitud se apoderó de cuatro hombres, que fueron enjuiciados y quemados; un quinto fue quemado sin ninguna formalidad. En 1562, el papa Pío IV dio a la Inquisición portuguesa poder para actuar en los casos de homosexualidad, al principio solamente bajo procedimientos municipales, más tarde bajo el “proceso por herejía”. En Cataluña en 1597 alrededor de un cuarto de los casos enjuiciados por la Inquisición eran acusaciones de sodomía. En el período 1598 a 1602, cuarenta y siete homosexuales sufrieron en “autos de fe”. En total, Lea hace una lista de varias docenas de sentenciados a la hoguera y más de un centenar de otros casos. [xviii]
La información sobre Francia resultó ser más difícil de conseguir porque con la aparición del Código Napoleónico se produce un quiebre completo con la tradición legal francesa, y las historias legales posteriores consiguientemente ignoran el asunto. Sin embargo, el Traité de la justice criminelle de Daniel Jousse, publicado en 1771, pone en lista nueve ejecuciones, incluyendo el caso de un rector de la Universidad de París que fue ahorcado frente al Louvre en 1584. Otros fueron quemados vivos; la sentencia común era ser “brulé vif avec son procés” (ser quemado vivo con el registro de su juicio)”. Otro jurista francés del mismo período, Mouyé de Vouglans, escribió en 1757 “la penalidad por un crimen tan grande no puede ser menor que la muerte. La terrible venganza que la justicia divina ejerció sobre las ciudades impías donde este crimen fue común es suficiente para mostrar que no se puede castigar con penalidades demasiado rigurosas. Esta penalidad está establecida en el capítulo vigésimo del Levítico en estos términos: “Si un hombre yace con un hombre, etcétera” “[xix] . Muyart dice que es “una vergüenza para nuestro siglo” que dos hombres hayan sido quemados en París en 1750, y la vergüenza era, no que se los haya quemado, sino que todavía existieran homosexuales que debieran merecer este destino. Aquí debería yo mencionar que tanto Jousse como Mouyan afirman enfáticamente que las mujeres que tienen relaciones con mujeres también son merecedoras de la pena de muerte. Un escritor francés moderno menciona un relato del jurista renacentista Farinacci sobre la ejecución de una cantidad de mujeres en Roma, y Montaigne relata que se ahorcó a una lesbiana en 1580.[xx]
En un país al menos las ejecuciones sistemáticas de hombres gays en realidad continuaron entrado el siglo XIX, y están registradas en las tablas estadísticas gubernamentales. El país es Inglaterra. Hay dos famosas instancias de que la pena de muerte se infligió e3n Inglaterra durante el siglo XVII. El documento más asombroso es un panfleto sobre los últimos días de un obispo anglicano que fue colgado en las calles de Dublin en 1641.[xxi] No sé cuántos hombres murieron en el siglo XVII, pero conozco al menos una docena de casos. [xxii] Pero hay un registro chocante, contenido en las tablas parlamentarias de Infractores Criminales, de más de cincuenta ahorcados desde 1806 a 1835[xxiii]. ¿Qué explica esta muy duradera fiereza británica? Nadie sabe, pero los juristas franceses e italianos nos dicen que los hombres llevados a la picota (no por sodomía sino por actos de búsqueda de sexo [solicitation] a veces eran lapidados hasta la muerte por las turbas londinenses callejeras, y Jeremy Bentham, en un ensayo que nunca se atrevió a publicar, habla de haber visto a un juez que acababa de enviar “a dos desdichados a las galeras”, cuyo rostro resplandecía de “deleite y exultación”. [xxiv] En Inglaterra a principios del siglo XIX, en promedio solamente un hombre de treinta condenados a morir era colgado en realidad, pero la mayoría de los hombres condenados por sodomía eran ejecutados.
¿A cuántos hombres se los envió a morir en los Estados Unidos? En este momento conozco solamente tres. El juicio de William Cornish en Virginia en 1625 se describe vívidamente en el libro de H. R. McIlvaine The Minutes of the Council and General Court of Colonial Virginia [Las Minutas del Consejo y la Corte General de la Virginia Colonial], y hubo dos ejecuciones bajo jurisdicción holandesa en Nueva Amsterdam, en 1646 y 1660[xxv]. Los otros casos que puedan existir solamente se descubrirán por una investigación profunda de los archivos de las cortes coloniales. Obviamente, en este esbozo solamente he tocado la punta de un enorme iceberg que tomará generaciones de trabajadores de la investigación para ponerse al descubierto. ¿Cuál será la cuenta final? Mis propias investigaciones, que son muy superficiales, han hasta aquí descubierto más de doscientas ejecuciones. El número de ejecuciones por leyes inspiradas por la Iglesia podría fácilmente adentrarse en los millares.
Antes de dedicarnos al siglo XX, quiero decir una palabra sobre el episodio por sí mismo más dramático con el que me he topado al recorrer el período de las leyes de pena capital. Fue una “caza de brujas” realizada en Holanda en 1730 donde hombres y muchachos fueron sistemáticamente quemados, colgados, decapitados, sometidos al garrote e incluso ahogados judicialmente por ser homosexuales. Asombrosamente, este drama se produjo en lo que generalmente ha sido considerado como el país más de la Europa de la llamada “Edad de la Razón.” ¿Qué lo causó? La ocasión parece haber sido una oleada de histeria religiosa chocantemente similar a la que había inspirado los juicios de brujería en Salem, Massachusetts, una generación antes. En abril de 1730 algunos hombres fueron arrestados en Utrecht; incriminaron a otros y en julio los Estados de Holanda emitieron una proclama para que se fijara en todas las ciudades, anunciando que, para evitar que Holanda sufriera el destino que había destruido a Sodoma y Gomorra, el crimen de sodomía debía ser castigado públicamente con cualquier forma de muerte que decretaran los jueces, y los cuerpos de los ejecutados debían ser quemados o expuestos sin enterramiento[xxvi] “para que Dios Todopoderoso no pudiera, como acostumbraba amenazar ante estas abominaciones, castigar la iniquidad de nuestra tierra con sus terribles juicios, y vomitar de sí la tierra y sus habitantes.” El decreto también ordenaba que cualquier hombre que hubiera escapado de su hogar después del comienzo de la investigación se presentase y diera razón de su desaparición, bajo amenaza de exilio.
Una traducción inglesa de este decreto se imprime en totalidad como apéndice a este capítulo. Es aterrorizador en dos sentidos. Su retórica cristiana tradicional refleja el terror mismo de los autores, y propone un programa de terror legal contra la minoría gay de Holanda, la que de un modo quizás no muy sorprendente reaccionó con pánico y fuga. Las horribles consecuencias de esta campaña son retratadas dramáticamente en una serie de grabados contemporáneos, que se reproducen aquí, que muestran la captura de dos víctimas, y, en una escena final, las diversas formas de muerte que se les aplicaban a ellos y a otros. También extraje de un relato histórico publicado en Alemania en 1906 una tabla con los nombres de los ejecutados en toda Holanda con unos pocos detalles que han sobrevivido de registros contemporáneos. Estas tablas cuentan su propia narración macabra con algunos toques conmovedores. La historia plena de estos horrores nunca será conocida, pero podemos imaginar alguno de ellos de un comentario sobre el procedimiento legal holandés que apareció en Inglaterra en el punto más alto del terror. Un artículo en el Free Briton de 1730 advirtió que los métodos holandeses de justicia criminal se aproximaban a los de la Inquisición Española. Se invitaba a que informantes secretos hiciesen denuncias. A los hombres no se les decía quiénes eran sus acusadores, ni se permitía que les repreguntasen. Eran torturados y, si mantenían su inocencia, corrían el riesgo de mutilaciones serias. Si no podían resistir el dolor y confesaban admitiendo las acusaciones, fueran culpables o no, podían ser llevados a la muerte.
Existen registros de sentencias en más de veinte ciudades y pueblos. Hay una lista de más de trece ejecuciones en La Haya y cinco en Amsterdam. Tomando todo en cuenta sabemos que hubo al menos cincuenta y cinco muertes. En la mayoría de los poblados se colgaba a uno o dos hombres como advertencia y otros eran enviados a prisión o al exilio. La única excepción notable fue la pequeña aldea de Zuidhorn, cuya población hoy en día está por debajo de las 2000 personas, donde se aplicó garrote a veintiuna víctimas, que después fueron quemados, incluyendo un chico de quince años y otro de catorce, el 24 de setiembre de 1731. La escena del momento de la sentencia cobra vida teatralmente en las breves reacciones registradas de los condenados. El juez del distrito de Oosterdeel-Langewoldt que ordenó esta masacre al por mayor en Zuidhorn fue Rudolph de Mepsche, que parece haberse conducido con fanática intolerancia y que más tarde fue acusado de excederse en su celo. Los paralelos con Salem o la Inquisición son sorprendentes. Pero en tanto que la persecución de brujas o herejes ya no es condonada por la moderna Cristiandad, la persecución de la sodomía es todavía plenamente respetable en los círculos religiosos conservadores a los que el silencio de los historiadores ha impedido contemplar los horrores que esta tradición de odio y miedo han perpetrado. ¿Cuántos Zuidhorns hubo? ¿Cuántas plazas de pueblo de las naciones cristianas fueron testigos de escenas como éstas, que se produjeron en esa silenciosa aldea holandesa asistida por formalidades pías de ley y religión? No lo sabremos hasta que hayamos derrotado al reino de silencio que ha resistido a la finalización del reino del terror.
Ahora tengo que justificar mi título trayendo mi relato del genocidio gay hasta el siglo XX y hasta Hitler. El tratamiento que los nazis dieron a los homosexuales ni siquiera ha sido aludido en las historias habituales. Una cantidad de libros en Alemania tocan brevemente el tema pero hasta hace poco el asunto ha pasado sin ser mencionado en Inglaterra. [xxvii] Una consecuencia irónica de este silencio ha sido la creencia casi universal de que los nazis toleraban o incluso promovían la homosexualidad. Esta impresión se debe principalmente a la homosexualidad abierta y bien conocida del amigo y sostén político de largo tiempo de Hitler, Ernst Röhm, fundador del ejército privado nazi de los Camisas Pardas.
Hitler mismo, por supuesto, había sido bien consciente de la orientación sexual de Röhm desde los primeros días de esta larga asociación. Sin embargo, a pesar de esto, la línea pública oficial del partido nazi era implacablemente hostil. Desde 1897 había existido en Alemania un movimiento de derechos civiles homosexuales significativo. Estuvo fuertemente sostenido tanto por el Partido Social Demócrata como por el Partido Comunista. Conducido por Magnus Hirschfeld, director del Instituto de Ciencia Social de Berlín, había trabajado en favor de la abolición del Parágrafo 175 del Código Criminal de Alemania, que era una norma legal que había sido adoptada en 1871, en el momento de creación del Imperio Alemán. El movimiento estuvo aliado con el movimiento feminista de Alemania y con otras causas izquierdistas. El mismo Hirschfeld era judío, antimilitarista y socialista. La petición producida por el Comité Científico-Humanitario fue firmada por miles de escritores e intelectuales alemanes, incluyendo Einstein y Thomas Mann. En los años veinte, durante la República de Weimar, las perspectivas de reformar la ley parecían ser excelentes. Pero en 1928, cuando se enviaron cartas a los partidos políticos alemanes preguntando cuál era la posición de cada uno sobre la reforma de la ley, la réplica nazi fue la que sigue:
Munich, 14 de mayo de 1928.
¡La comunidad antes que el individuo!
No es necesario que ustedes y nosotros vivamos, pero es necesario que viva el pueblo alemán. Y solamente puede vivir si puede luchar, porque la vida significa luchar. Y pueden luchar solamente si mantienen su masculinidad. Pueden mantener su masculinidad solamente si se ejercitan en la disciplina, especialmente en asuntos de amor. …
Quienquiera que piense apenas en el amor homosexual es nuestro enemigo. Rechazamos todo lo que quite la virilidad a nuestro pueblo y lo transforme en un juguete para nuestros enemigos, porque sabemos que la vida es una lucha y es locura pensar que los hombres alguna vez se abrazarán fraternalmente. La historia natural nos enseña lo opuesto. El poder hace lo bueno. Y el más fuerte siempre vencerá al débil. ¡Ocupémonos de volvernos fuertes otra vez!...[xxviii]
En 1929, un Comité del Reichstag votó 15 a 13 presentar un proyecto de ley de reforma penal que decriminalizaría los actos homosexuales privados. La crisis provocada por el derrumbe del mercado de valores causó que el proyecto de ley fuera cajoneado justo cuando el triunfo parecía ser inminente. Siguió el caos político en Alemania, y en 1933 Hitler subió al poder con Röhm a su lado, en calidad de jefe de las SA. Aunque algunos nazis protestaron porque afirmaban que Röhm estaba desacreditando a su partido, Hitler continuó pasando por alto la homosexualidad de Röhm hasta que un año después enfrentó una crisis política. Tan fuerte era Röhm que la Wehrmacht estaba preocupada por la posibilidad de que Röhm se apoderara del control del ejército. En 1934, a Hitler lo atemorizó la idea de que la Wehrmacht estuviera complotando para preparar un golpe contra él y así prevenir ese suceso. Para neutralizar este peligro, Hitler hizo asesinar a Röhm y unos mil hombres más un fin de semana de 1934, en la famosa “Noche de los Cuchillos Largos”. Hitler dio como razón ostensible de esas muertes su “descubrimiento” de que Röhm y las SA estaban preparando un golpe de estado contra él, aunque nadie nunca ha tomado en serio esta excusa. Más tarde, para justificar su acto, Hitler también usó la homosexualidad contra Röhm. Poco después de la muerte de Röhm, emitió una orden en el sentido de que, para preservar la “pureza moral”, los homosexuales debían ser expulsados de las SA y del Partido Nazi. Se esforzó mucho para asegurar a las madres de que estaba preocupado por el bienestar moral de sus hijos. Privadamente, Hitler era menos moralista. En conversación con los líderes nazis, tomó la posición de que la homosexualidad era indeseable por razones eugénicas, ya que era un contagio que atacaba “lo mejor y más viril de los caracteres, al eliminar solamente del proceso reproductivo a esos mismos hombres de cuya progenie dependía una nación”. [xxix]
Por supuesto, Röhm fue un brutal matón nazi. Pero e 28 de junio de 1935, en el aniversario de las muertes de Röhm y los suyos, los nazis comenzaron una campaña legal contra los homosexuales agregando al parágrafo 175 otra ley, la del parágrafo 175ª, que creaba diez nuevas infracciones criminales, incluyendo besos entre hombres, abrazos, ¡y hasta fantasías homosexuales! Los arrestos saltaron de alrededor de 800 a 8000 por año. Todavía más importante es que la Gestapo entró en escena. Em 1936 su líder, Heinrich Himmler, que era violentamente antihomosexual, habló sobre la muerte de Röhm (que él había planeado) y declaró: “Así como hoy hemos vuelto a la antigua visión germánica en la cuestión del matrimonio con mezcla de razas, lo mismo ha pasado con nuestro juicio sobre la homosexualidad: es un síntoma de degeneración que puede destruir nuestra raza. Debemos volver al principio guía nórdico: el exterminio de los degenerados.”[xxx]
¿Cuántos perecieron? Sabemos que más de 50.000 homosexuales fueron arrestados por imperio de los párrafos 175 y 175a durante el terror nazi. Además, la Gestapo envió a muchos más hombres a los campos sin un juicio. Los homosexuales que habían llamado la atención de la policía antes de la era nazi también fueron aprehendidos y se usaron las listas policiales de homosexuales sospechosos. (La policía de Berlín tenía una lista de alrededor de 30.000 nombres.) Los homosexuales también fueron arrestados en los países ocupados, como Holanda y Polonia, y se los envió a Alemania. Las estimaciones razonables del número de homosexuales que murieron por enfermedad, abandono, experimentos médicos y la cámara de gas han variado entre 100.000 y más de 400.000, pero no se han hecho esfuerzos sistemáticos para determinar los hechos. Como muchos registros nazis fueron destruidos, el total, con toda probabilidad, nunca se sabrá con alguna exactitud.
Después de la guerra, los sobrevivientes de los campos de concentración de Hitler fueron generalmente tratados con generosidad por el gobierno de Alemania Occidental en cuanto a reparaciones, que sumaron más de 15.000 millones de dólares. Sin embargo, a los homosexuales se les dijo que eran inelegibles para la compensación porque eran técnicamente “criminales”. (Las leyes nazis no fueron derogadas en Alemania Occidental hasta que el Partido Social Demócrata no llegó al poder, en 1968). La mayoría de quienes sobrevivieron mantuvieron en secreto sus experiencias por temor a más discriminación.
Difícilmente pudiera necesitarse señalar la ironía de esta situación. Es abrumadora. Durante catorce siglos la civilización occidental, actuando en nombre de la religión y la moralidad, perpetró un crimen monstruoso contra su minoría homosexual. Fue en efecto el “crimen perfecto”. Las sentencias de muerte fueron, por decirlo así, emitidas con la firma de Dios adjunta a ellas, la tortura (como nos dicen Beccaria, Lea y otros) fue libremente empleada para obtener confesiones, las víctimas fueron rotuladas como “indecibles” e “inmencionables” y sus sufrimientos fueron un sujeto sobre el que se prescribía rigurosamente silencio. Amigos, parientes y amantes que tenían alguna comprensión de estas situaciones eran intimidados por lo que se llamaba, con exageración, un incesante reino de terror.
La religión y la moralidad son instituciones que han merecido el respeto del mundo de un modo en que no lo obtuvo Hitler. Sin embargo Hitler solamente puso en práctica lo que la sociedad cristiana “respetable” había predicado por mil años. Que los sobrevivientes de su campaña de tortura y exterminio deban, a grandes rasgos, mantener el silencio sobre sus ordalías igual que los hombres de los siglos VI o XVIII dramatiza de modo más conmovedor el dilema del homosexual que cualquier otro hecho que pueda yo imaginar.
NOTAS
[i] Levítico 20: 13. En inglés (Biblia del Rey Jacobo) dice ““If any man lyeth with mankind, as he lyeth with a woeman, both of them have commited abhomination, the both shall surely be put to death”. The Gay Academic, página 71. Traduje esa versión inglesa al español. (RF)
[ii] The Babylonian Talmud: Sanhedrin, tr. al inglés J. Shachter y H. Freedman (Londres: Soncino Press, 1953), Vol. 1, p. 295. Traduje de la versión inglesa al español (RF).
[iii] Robert Pitcairn, Ancient Criminal Trials in Scotland (Edinburgo, Bannatyne Club, 1833), Vol. II, Parte Uno, p.491 n.
[iv] Cfr Romanos 1:27 y San Basilio, Carta 188, VII.
[v] Code Pénal (París, Desaint et Saillant, 1752), p.255. En el texto de Crompton las traducciones del francés y alemán son del propio Crompton, a no ser que se advierta lo contrario. En nuestro texto traduje al español esas versiones al inglés.
[vi] Procopio, The Anécdota or Secret History (Cambridge: Harvard University Press, 1935), p. 141; Teófanes, Chronographia en Corpus Scriptorum Historiae Byzantinae (Bonn: Weber, 1839), Vol. 42, pp. 271-171.
[vii] Fleta, tr. H. G. Richardson y G. O. Sayles (Londres: Quaritch, 1955), p. 90.
[viii] Britton, tr. F. M. Nichols (Washington, D.C. John Byrne 1901) pp. 35-6.
[ix] Institutes of the Laws of England, Parte III, capítulo 10 (Londres, E. y R. Brooke, 1797), p. 59.
[x] Derrick Sherwin Bailey, Homosexuality and The Western Christian Tradition (Londres: Longmans, Green 1955), p. 10.
[xi] Article 116; citado en Jahrbuch für sexuelle Zwischentufen, VIII (1906), p.376. Traduje la versión inglesa de Crompton al español.
[xii] Pierre Jacques ), Dictionnaire des arrêts, ou jurisprudence universelle (Paris, 1727), Tomo 6, p. 216.
[xiii] The Colonial Laws of Massachusetts, Reprinted from the Edition of 1672… Together with the Body of Liberties of 1641 (Boston, Rotwell and Churchill, 1890), p. 55.
[xiv] The True-Blue Laws Connecticut and New Haven, ed. J. H. Trumbull (Hartford: American Publishing Co. 1876), p. 199.
[xv] Charter to William Penn and Laws of the Province of Pennsylvania (Harrisburg: Lane S. Hart, 1879), p. 110.
[xvi] The Statutes at Large of Pennsylvania from 1682 a 1801 (1896), Vol. 2, pp. 79, 202. Para leyes tempranas véase también L. Crompton, “Homosexuals and the Death Penalty in Colonial America,” Journal of Homosexuality, I (1976), 277-293, donde anoto una cuarta ejecución.
[xvii] El libro de Bailey, sean cuales sean sus debilidades en lo histórico, apoyaba inequívocamente la reforma legal en Inglaterra, y ayudó a pavimentar el camino para el Informe Wolfenden y la posición positiva sobre la abolición de la ley de homosexualidad adoptada por la Iglesia de Inglaterra.
[xviii] “Crimen antinatural”, Una historia de la Inquisición de España, Nueva York, McMillan 1907), vol. 4. Pp 361-371.
[xix] Institutos del derecho criminal, (París:Cellot 1757), p.507. Otras ejecuciones se registran en Jean Papon, Recuiel d`Arrests Notables (Paris: de la Fontaine, 1608, p. 1258)
[xx] Raymond de Becker, EL Otro Rostro del Amor, tr. Al inglés M crosland y A. Davedntry (Nueva Yor: Bell 1969), p. 104 “Clarus y Gomez afirman que las mujeres fueron quemadas vivas por este crimen, y Farinaccio dice que en Roma vio varias mujeres ejecutadas en el Campo di Fiori por esta razón”.
[xxi] Nichola Barnard, La muerte penitente de… John Atherton (Dublin, 1641),
[xxii] Montgomery Hyde, El Amor que no Osa decir su Nombre (Boston, Little, Brown 1970), capítulo 3.
[xxiii] P.E.Coleman, en su ensayo “Cambiar la ley… la experiencia inglesa”, en Es bueno lo Gay Is Gay Good?, ed. W. D. Oberholtzer (Filadelfia, Westminster press, 1971) menciona “dos trabajadores de Bristol cuyas ejecuciones el periódico loc al informó en 1860 sin más comentario”, pp.186-9.
[xxiv] “Infracciones contra el Gusto”, la Teoría de la Legislación, ed. C.K.Ogden, Londres, Paul, Trench, Tubner, 193º), p. 492.
[xxv] Calendario de los manuscritos Históricos Holandeses en la Oficina del Secretario de Estadio, Albany, Nueva York, 1630-1644, ed. E.B. O`Callaghan (Ridgewood, N.J. 1968) pp. 103, 213.
[xxvi] L.S.A.M von Römer, “Der Uranismus in den Niederlanden bis zum 19. Harhrhundert, mit besonderer Berücksichtigung der grossen Uranienfervolgung im Jahre 1730” Jarbuch für sexuelle Zwischenstufen, VIII (1906, p. 369). Estoy agradecido a Inge Worth por la traducción del document citado.
[xxvii] Cuando se pronunció por primera vez este discurso en noviembre de 1974 el relato siguiente estaba disponible solamente en forma de dos artículos de periódicos escritos por James D. Steakley. Desde entonces ha sido incorporado a este estudio The Homosexual Emancipation Movement in Germany [El movimiento de emancipación homosexual en Alemania] (Nueva York, Arno Press, 1975). Estoy agradecido al señor Steakley por su permiso para usar este material. Su bien documentado capítulo sobre los nazis debe leerse en totalidad.
[xxviii] Rudolf Klare, Homosexualität und Strafrecht (Hamburg: Hanscheatische Verlagsanstalt, 1937), p. 149. Citado por Steakley, p. 109.
[xxix] H. P. Bleuel, Fuerza a Través de la Alegría: Sexo y Sociedad en Alemania Nazi (Londres: Secker & Warburg, 1973, p. 218. Véase Steakley, p. 109.
[xxx] Harry Wilde: Das Schicksal des Verfemten: Die Verfolgund der Homosexuelle im “Dritee Reich” (Tubinga: Katzman, 1969), p. 36. Véase Steakley, p. 112.
SIGUEN APÉNDICES :
- La Proclama Holandesa de 21 de Julio de 1730. Hace un paralelo con Justiniano, cuyas leyes responsabilizaban a los homosexuales de los terremotos y los desastres naturales, seguida del Placat que ordena que la sodomía sea castigada en público (1) con la muerte ejecutada según ordene el juez (2), condena aplicada a quien incite a la sodomía aunque no la haya cometido (3) y que el cadáver sea quemado, arrojado al mar o dejado a la intemperie (4), con los juicios impresos y publicados en lugares públicos (5) y que autoriza a los jueces a investigar a cualquiera que esté ausente desde el 1 de mayo y sobre el cual recaigan sospechas
- Una enumeración de los más de 250 hombres buscados por la justicia en nueve ciudades de los que 91 fueron condenados al exilio, y de 60 hombres condenados a muerte.
- Los 62 condenados a muerte en Inglaterra de 1806 a 1836.