Sociedad de Integración Gay Lésbica Argentina
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Proyecto de ley de Identidad de Género

PROYECTO DE LEY

Iniciado: Diputados Expediente: 1736-D-2009
Publicado en: Trámite Parlamentario nº 29 Fecha: 16/04/2009


IDENTIDAD DE GENERO: ASEGURAR EL RECONOCIMIENTO Y DIGNIDAD DE LAS PERSONAS TRANS: TRANSEXUALES, TRAVESTIS, TRANSGENERO. RECTIFICACION REGISTRAL DEL SEXO.

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Ley 26.618 (de matrimonio igualitario)

Boletín Oficial de la República Argentina
Buenos Aires,jueves 22 de julio de 2010
Año CXVIII  Número 31.949

LEYES
MATRIMONIO CIVIL
Ley 26.618
Código Civil. Modificación.
Sancionada: Julio 15 de 2010
Promulgada: Julio 21 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

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Derecho a identidad de género y cambio de nombre y sexo en documentos. R.O del Uruguay

Ley Nº 18.620
DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO Y AL CAMBIO DE NOMBRE Y SEXO EN DOCUMENTOS IDENTIFICATORIOS

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

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Unión Civil para parejas del mismo sexo Rio IV Córdoba

Unión Civil para parejas del mismo sexo.

Municipalidad de la Ciudad de Rio Cuarto, Provincia de Córdoba, República Argentina.
Ordenanzas 279/09 y 344/09

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UNION CIVIL EN LA CIUDAD AUTONOMA de Buenos Aires

En la sesión del jueves 12 de diciembre del 2002 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una norma histórica: la Ley de Unión Civil, que utilizarán tanto los heterosexuales como las minorías sexuales en la Ciudad Autónoma.

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UNIÓN CIVIL EN RÍO NEGRO

Río Negro aprobó una ley que reconoce a las parejas formadas por personas del mismo sexo los mismos derechos que la provincia garantiza a las uniones de hecho, salvo la posibilidad de casarse y adoptar niños.
A diferencia de la Ciudad de Buenos Aires, las parejas se registrarán ante los Jueces de Paz. Ambos integrantes deben ser mayores de 18 años y presentar dos testigos que declaren que la pareja ha convivido durante por lo menos dos años. Las parejas podrán acceder a planes de vivienda del gobierno provincial y a beneficios sociales así como licencias por enfermedad o duelo (si son empleados de la provincia) y podrán acompañarse mutuamente en caso de internación en los hospitales públicos.
El proyecto se presentó en junio de 2001. Oficialismo y oposición se pronunciaron a favor del proyecto; la iglesia católica no emitió opinión al respecto.
Lamentablemente la ley está pendiente de reglamentar.

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